Jubilación Anticipada Policía Local

Asunto: Reiterando petición de reunión de 20 de mayo, de 1 de junio,  de 13 de junio e interesando conocer fechas de convocatorias de las reuniones de las Comisiones de Seguridad y Función Pública para el establecimiento del coeficiente reductor para  anticipar la edad de jubilación de la policía local.

 

Estimados señores Presidente y Secretario General, toda vez que han concluido las elecciones generales y por ende han salido de la vorágine que éstas conllevan, les rogamos una vez más que sin dilación alguna y con la mayor agilidad posible nos informen sobre el asunto de referencia.

 

La línea de trabajo en común y colaboración recíproca de esa Institución para con el MEYSS a través de la Secretaría de Estado de seguridad social y para con esta Plataforma durante los últimos años  ha sido exquisita y así debe seguir siendo, sin que nada ni nadie la altere ni la perturbe, pues no hay motivo aparente para ello ni nada que haga presagiarlo.

 

Esperamos que entiendan Y Comprendan nuestra perseverancia. Y firmeza, pues el colectivo lleva prácticamente una década ansiando la modificación legislativa correspondiente y necesaria que pueda permitir el adelanto de la edad de jubilación.

El Gobierno  está  a  la  espera  y  a  la  expectativa  del  pronunciamiento de  la  FEMP  para  continuar   el  trámite   normativo  y  dar  por terminado el procedimiento con la aprobación  del pertinente Real Decreto.

 

jubi