Los cinco requisitos que tendrán los policías locales para jubilarse a los 59 años

El Gobierno tiene previsto aprobar antes de fin de año un real decreto que recoge los requisitos para que los miembros de las policías locales de toda España puedan jubilarse anticipadamente a partir de los 59 años. Está previsto que este texto –que recoge las condiciones de acceso y los coeficientes reductores de las futuras pensiones de los jubilados anticipados—entre en vigor en enero de 2019.

Esta medida fue negociada con el  Gobierno y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con la Plataforma Nacional por el Adelanto de la Edad de Jubilación –que  la forman  los sindicatos CC OO, UGT, CSIF,COP, CSL– y por la Plataforma Social de Policías Locales. Pero está previsto que se apruebe ahora definitivamente.

El colectivo al que se le reconoce la jubilación anticipada es a “todos los funcionarios de carrera, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, miembros de la Policía local al servicio de las entidades locales, en sus diferentes escalas, categorías o especialidades”.

Las condiciones de acceso a la jubilación anticipada de estos profesionales serán, por tanto, distintas a las del resto de asalariados del Régimen General. En concreto, la fórmula que ha decidido aplicar el Ministerio de Trabajo para determinar a qué edad se jubilarán es la siguiente: “La edad ordinaria de su retiro se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local el coeficiente reductor del 0,20”, según el contenido de este real decreto.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/11/28/midinero/1543432452_955034.html

 

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