Mesa Coordinación 25/10/19

 

Estimados compañeros y compañeras en el día de hoy , hemos tenido mesa de coordinación con dos puntos en el orden del día:

  1. Repercusiones de la Sentencia  del Tribunal Constitucional de 19 de Septiembre de 2019.
  2. Borrador del Proyecto del Decreto de Uniformidad de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, que podéis descargar pinchando en cada uno de ellos.

ANEXO III – Uniformidad maritima ANEXO IV – Emblemas y divisas ANEXO V – Distintivos ANEXO VI – Condecoraciones y recompensas ANEXO VII – Cuadro uniformidad Texto PROYECTO Uniformidad ANEXO I – Tipos de uniformidad

En el primer punto se nos ha explicado, lo que podría  conllevar la Sentencia del Tribunal Constitucional,en referencia al personal interino/a de la  Policía Local, explicando  que la misma podría afectar  a la Ley 17/17 de una manera sustancial,por lo que dada está sentencia se  podría interpretar la existencia de agente interinos/as en la Comunidad Valenciana.

 

Desde UGT, hemos dejado claro que la postura de nuestro sindicato NO A LA FIGURA DEL INTERINAJE  EN LA POLICÍA LOCAL, como recoge la Ley 17/17 en  su Preámbulo » Otra de las cuestiones a destacar en la ley es la apuesta decidida para acabar con la inestabilidad laboral de un elevado número de agentes de Policía Local en situación de interinidad. Una situación que trae causa, por un lado, de la necesidad de atender sin demora la prestación ordinaria del servicio y, por otro, de la imposibilidad de incluir las vacantes de modo regular en las ofertas de empleo público debido a las restricciones en la tasa de reposición de efectivos recogidas en las leyes de presupuestos anuales, con especial intensidad desde el año 2010″.

Además el propio Decreto 180/2018 dice» Urge, por ello, articular mecanismos que acaben con esta situación de inestabilidad laboral, la cual, además afecta a la propia calidad del servicio público, con el objetivo de la eliminación definitiva del personal interino en las plantillas, previendo los oportunos procesos de consolidación.»

La postura de UGT es clara, NO A LA FIGURA DEL INTERINAJE  EN LA POLICÍA LOCAL, pero evidentemente no vamos a oponernos al ordenamiento jurídico que prevé está figura, pero tampoco queremos que hagan de la misma una manga ancha en las contrataciones las corporaciones locales, por lo que hemos solicitado en la mesa de coordinación , que se regule de una manera clara y concisa la contratación del personal interino,como la realización de un curso para poder ejercer las funciones que recoge la ley 17/17 que dice: «el personal interino que esté prestando el servicio no podrá portar armas de fuego, destinándose, en
consecuencia, a servicios y funciones de policía administrativa, medio ambiente, tráfico y
seguridad vial».

Además que el tiempo máximo que se podrá estar cubriendo las vacantes presupuestadas deben estar en la  oferta de empleo en vigor y nunca  podrán exceder de los dos años.

Sobre el segundo punto del orden del día tenéis la información en la parte superior, por lo que esperamos nos comuniquéis lo que pensáis y nos aportéis vuestras propuestas.

UGT DICE NO AL INTERINAJE EN LA POLICÍA LOCAL 

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