Publicado Acuerdo Comisión Bilateral

 

Decreto Ley 2/2019, de 22 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana

PREÁMBULO

La Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, en coherencia con su objetivo de conseguir la plena profesionalización de los cuerpos de policía local, no contempla en su articulado la posibilidad de nombrar personal funcionario interino, sino que expresamente prevé que dichos cuerpos estarán formados por personal funcionario de carrera. No obstante, determinadas circunstancias objetivas, como el tiempo que requiere la culminación de los procedimientos de selección necesarios para alcanzar ese objetivo y la precaria situación, en cuanto a dotación de personal, en la que se encuentran numerosos cuerpos policiales tras años de restricciones presupuestarias que han limitado la reposición de efectivos, agravada ahora por las previsiones de anticipo de la edad de jubilación de los policías locales, así como la necesidad de muchos municipios valencianos de incrementar temporalmente sus servicios policiales en las temporadas de mayor afluencia turística, hizo que transitoriamente se regulara una forma excepcional y limitada en el tiempo de nombrar personal interino.

En ese sentido, el Decreto ley 2/2018, de 11 de mayo, del Consell, introdujo en la Ley 17/2017 la disposición transitoria decimosegunda, que ha permitido a los ayuntamientos nombrar personal interino durante 2018, pero con unos condicionamientos estrictos en cuanto a los supuestos que podían amparar dichos nombramientos y en cuanto a su duración, limitada hasta el final de 2018, con el fin de impedir la consolidación de soluciones transitorias en contra del objetivo básico de la ley.

Sin embargo, el Real decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, estableció el coeficiente reductor de la edad de jubilación de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local, por lo que los esperados efectos del adelanto de la edad de jubilación no se han producido, como se preveía, en 2018 sino que se harán visibles a lo largo de 2019.

Podéis leer el acuerdo pulsando aquí

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