La ley de policías locales prohibirá a los ayuntamientos contratar interinos
La ley de policías locales prohibirá a los ayuntamientos contratar interinos
- El texto, pendiente de su aprobación en las Cortes, elimina esta figura tras una sentencia del Supremo.
Los ayuntamientos recurren a interinos para cubrir la demanda en verano; esta modalidad no permite a los agentes portar armas ni poner multas.
La futura Ley de Coordinación de Policías Locales, una norma que está pendiente de su aprobación en las Cortes, prohibirá a los ayuntamientos de la Comunidad que contraten agentes en calidad de interinos, una práctica muy extendida para suplir las carencias de las plantillas. El texto que se someterá a votación la semana que viene en el parlamento valenciano ha eliminado el artículo 39 de la norma vigente que incluía una excepción para la provisión «temporal y urgente» de puestos de trabajo. Mediante este punto, se admitía, previo informe de la Dirección General competente en materia de Policía, el nombramiento de agentes en calidad de interinos «y por el tiempo indispensable»
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