El nuevo Código Penal de tráfico en cuatro claves

 

El endurecimiento de las penas por los delitos de tráfico se aprueba definitivamente este miércoles en el Senado y en unos días entra en vigor. Es la reforma del Código Penal fruto de la campaña #PorunaleyJusta, emprendida por Anna González, la viuda de Óscar, un ciclista que fue arrollado en 2015 por un camionero que se dio a la fuga y no tuvo que afrontar inicialmente ninguna proceso penal.  El mundo del ciclismo, con Alberto Contador Perico Delgado a la cabeza, se lanzaron al apoyo de la propuesta, que recogió al final más de 250.000 firmas.

Los principales cambios legales, que no afectan sólo a los atropellos de ciclistas, sino que son de aplicación en cualquier accidente de tráfico, son los siguientes:

Nuevo delito: abandono del lugar del accidente

Se crea el nuevo delito de «abandono del lugar del accidente», con penas de 2 a 4 años de prisión en caso de que el accidente sea resultado de una imprudencia. En caso de que el siniestro fuera fortuito, de 3 a 6 meses de  cárcel.

Hasta ahora solo existía el delito de omisión del deber de socorro pero solo se apreciaba si la víctima estaba viva y no había otra persona que pudiera auxiliarla. La paradoja es que una fuga con fallecidos no era delito pero con lesionados sí podía serlo.

Este fue el caso del camionero que arrolló al marido de Anna González. Huyó y no se le pudo imputar la omisión del deber de socorro.

La imprudencia grave automática

Si se comete un delito contra la seguridad vial causando  fallecidos o heridos ésta conducta pasará automáticamente a ser considerada imprudencia grave. Las penas serán de entre 1 y 4 años de cárcel en caso de muerte y hasta 1 año en caso de lesiones.

Hasta ahora el juez lo valoraba caso a caso y en muchas ocasiones este tipo de conductas no las consideraba imprudencia grave.

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