Los ayuntamientos no pueden embargar cuentas bancarias de fuera del municipio para cobrar multas.

Noticia Publicada Economistjurist

 

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una reciente sentencia que los ayuntamientos «no pueden practicar y dictar diligencias de embargo de dinero en cuentas abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera de su término municipal, incluso cuando dicho embargo no requiera la realización material de actuaciones fuera del citado territorio municipal por parte de dicha administración local». Podéis continuar leyendo la noticia en el siguiente enlace https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/los-ayuntamientos-no-pueden-embargar-directamente-cuentas-de-sucursales-bancarias-de-fuera-del-municipio-para-cobrar-multas-fija-el-supremo/

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