Se confirma la subida del 0,25 %, y los empleados públicos seguimos recuperando derechos y poder adquisitivo

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha abordado hoy con los sindicatos de la Función Pública la aplicación del incremento variable correspondiente al ejercicio de 2019, consistente en una subida del 0,25 % adicional al incremento que, con carácter fijo, se comenzó a aplicar el pasado 1 de enero, por lo que el incremento total alcanza, de momento, el 2,5%. El importe general de este incremento adicional supone, aproximadamente, 280 millones de euros, con un impacto muy diverso en la nómina de cada empleado público.

Según los datos publicados por el INE, en el mes de mayo el IPCfue del 0,8%, la recuperación de poder adquisitivo para el conjunto de los empleados públicos es, hasta el momento del 1,7%, sin incluir la posible percepción de fondos adicionales para algunos colectivos. Esta recuperación era impensable hace tan solo año y medio, cuando los empleados públicos sufrieron congelación salarial, recortes y, en el mejor de los casos una subida del 1%.

Este subida es consecuencia de la aplicación del II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, que contemplaba un incremento retributivo fijo y un variable vinculado a un crecimiento del PIB igual o superior al 2,5%. El pasado mes de marzo, el Instituto Nacional de Estadística confirmó que la economía española había crecido un 2,6% durante el año pasado, por lo que el Gobierno debía contemplar la previsión hecha en el acuerdo.

El Gobieno ha comunicado que, previsiblemente, este incremento del 0,25% adicional se incluya en la nómina de agosto, aunque con efectos del 1 de julio, con los atrasos correspondientes, para el conjunto de empleados públicos: funcionarios, estatutarios, docentes, laborales, de carrera, fijos, indefinidos, etc, y se aplicará sobre el conjunto de las retribuciones percibidas.

FeSP-UGT recuerda que la medida es de obligado cumplimiento. Todas las Administraciones públicas (Estado, CCAA, Entidades locales) están obligadas a abonar esta subida, al estar sujeta, en exclusiva, a un criterio macroecononómico de carácter estatal, como es el cumplimiento del PIB.

https://www.fespugt.es/sectores/administracion-general/noticias/25820-la-subida-salarial-del-0-25-se-cobrara-con-efectos-de-1-de-julio-aunque-no-se-incluya-hasta-la-nomina-de-agosto

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